top of page
Buscar

La Educación Emocional en el contexto de la Enseñanza Obligatoria en España

Foto del escritor: Ignacio Fernández Ignacio Fernández

Actualizado: 5 oct 2024



1. Las ley educativa española y la Educación Emocional

En las dos últimas décadas, las sucesivas leyes educativas en España (LOE, LOMCE y LOMLOE) contemplan la educación desde una mirada integral de la persona, reconociendo la necesidad emocional del alumno como parte esencial del proceso educativo.


En la ley vigente en la actualidad, la LOMLOE, dentro de los derechos básicos que se reconocen al alumnado en dicha se encuentra, en primer lugar, el derecho a “recibir una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad.” (BOE núm. 340, de 30-12-2020, p.78). En su artículo 4 se especifica que “la enseñanza básica persigue un doble objetivo de formación personal y de socialización. Debe procurar al alumnado los conocimientos y competencias indispensables para su desarrollo personal, así como para desarrollar su socialización, lograr la continuidad de su itinerario formativo e insertarse y participar activamente en la sociedad en la que vivirán.

En su artículo 71, dice que “las Administraciones educativas dispondrán los medios necesarios para que todo el alumnado alcance el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional, así como los objetivos establecidos con carácter general en la presente Ley.”


Desde estas premisas, el abordaje de la competencia emocional del alumnado es fundamental para alcanzar los fines que la actual ley educativa propone. En cambio, no son pocos los autores y profesionales de la enseñanza que opinan que la realidad de la educación en España queda muy lejos de a lo que la Ley aspira.


2. Del papel al aula.

Reconocer la importancia de las emociones y los sentimientos, identificar sus contenidos y aceptar la incorporación de la competencia emocional al currículo es solo el primer paso para hacerlo efectivo.


Ahora llega el momento de entrar en la dimensión práctica y preguntarse qué sucede realmente con la competencia emocional, ¿tiene una programación didáctica propia y adecuada?, ¿se incorporan dichas programaciones a las materias?, ¿cómo y cuándo se imparten estos contenidos?, ¿quién o quiénes son los responsables de su enseñanza?, ¿están capacitados para tal labor?, ¿disponen de los medios y el tiempo para implementar dichos programas?


No son pocos los profesionales del ámbito educativo que opinan que en la actualidad aún no se aportan respuestas positivas a estos interrogantes y que afirman que cada vez más alumnos presentan dificultades para adquirir los diferentes aprendizajes correspondientes a la etapa educativa y evolutiva que atraviesan.


Es una realidad palpable que los centros educativos no llegan a disponer de los recursos necesarios para promover el desarrollo y crecimiento personal de los estudiantes conforme prescribe. La educación emocional es uno de los retos y más novedosos que el sistema educativo debería afrontar con mayor profundidad (Herraiz, 2017). El sistema educativo español aún tiene un largo camino por recorrer para dar respuestas eficaces a las necesidades de desarrollo e individuación del alumnado que promuevan su bienestar.


3. La adolescencia y la última etapa de la Educación Obligatoria

Es durante la adolescencia cuando acontece el tercer y último tramo de la educación obligatoria. Momento en que el adolescente cambia de centro educativo y pasa a una etapa que difiere a muchos niveles de la Educación Primaria anterior.


Es fácil pensar que, si los cambios a nivel educativo se sincronizan con los cambios tan profundos que suceden en la persona a nivel físico, psíquico y social durante esta etapa, las consecuencias serán positivas para su adaptación escolar y proceso de individuación. En cambio, si el trabajo educativo de los institutos de secundaria no se acompasara con esos cambios tan profundos, podría desembocar en consecuencias negativas, tanto a nivel personal para los adolescentes, como para el desempeño escolar en su conjunto: clima emocional en el centro educativo, rendimiento académico, conductas, tensión y estrés, etc.


4. ¿Qué puede ser valioso en esta etapa y cuál es nuestra aportación?

En la adolescencia, como etapa de profundo y complejo proceso evolutivo que es, a todos los niveles de su persona, resulta de especial importancia que los adolescentes tengan acceso a experiencias de interacción con adultos con una adecuada disponibilidad psicológica. Adultos con los que se forje un vínculo saludable y seguro, que les ayude a aprender a confiar en sí mismos y en los demás; a predecir, interpretar y expresar sus emociones; y a estructurar de forma consistente su comportamiento en relación con el comportamiento de los demás (Burutxaga, 2018; Herraiz, 2017).


Por eso resulta muy necesario aportar iniciativas que sirvan para diseñar, aplicar y evaluar programas de intervención centrados en la IE con el objetivo de fomentar el desarrollo personal del alumnado, como parte de su proceso de individuación. Programas basados en investigaciones que aborden la inteligencia emocional en referencia a la exploración de la competencia emocional desde la propia emoción “sentida”; algo minoritario por ahora.



5. Fuentes consultadas:

  • Bisquerra, R. (2003): Educación Emocional y competencias básicas para la vida. Revista de Investigación Educativa, 21, (1), p.7-43.

  • Burutxaga, I., Pérez-Testor, C., Ibáñez, M., de Diego, S., Golanó, M., Ballús, E., & Castillo, J. (2018). Apego y vínculo: una propuesta de delimitación y diferenciación conceptual. Temas de psicoanálisis, 15, 1-17.

  • Herraiz Portillo, M. (2017). La Competencia Emocional en Secundaria: Intervención con Musicoterapia GIM. (Tesis doctoral). Universidad de Alcalá, Alcalá de Henares, España.

  • Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE). Boletín Oficial del Estado, num. 106, de 4 de mayo de2006.

  • Ley Orgánica 8/2013, de 9 de Diciembre para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE). Boletín Oficial del Estado, num. 295, de 10 de diciembre de 2013. (Texto Consolidado, 29 de julio de 2015 y 10 de diciembre de 2016).

  • Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOMLOE). Boletín Oficial del Estado, núm. 340, de 30 de diciembre de 2020, páginas122868 a 122953

  • Pena, M. y Repetto, E. (2008). Estado de la investigación en España sobre Inteligencia Emocional en el ámbito educativo. Revista electrónica de Investigación Psicoeducativa, 15 (6), p.400-420.

Comments


bottom of page